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miércoles, 18 de septiembre de 2019

ENVÍA LÓPEZ OBRADOR LEY DE AMNISTÍA AL CONGRESO

No incluye a secuestradores ni homicidas 

Agencias 

Ciudad de México. - El presidente Andrés Manuel López Obrador presentó la iniciativa de Ley de Amnistía, que a la par expondrá en San Lázaro la bancada de Morena, donde los principales beneficiarios serán personas de escasos recursos e indígenas. 

Para acceder a los beneficios de la legislación que cual busca liberar de las cárceles a jóvenes acusados de delitos contra la salud ante tribunales federales y previstos en el código penal, el documento establece varios requisitos. 

Entre los principios de esta ley se encuentra el que el detenido sea reincidente, no estar sentenciado por lesiones, homicidio o secuestro y no haber usado armas de fuego en el delito que se le imputa. Además, pone especial énfasis en los detenidos en comunidades indígenas.

La propuesta también pretente liberar a mujeres detenidas por realizarse un aborto, así como a los médicos o parteras que lo llevaron a cabo y que hayan sido sentenciados por ello, siempre y cuando lo hayan realizado sin violencia y con el consentimiento de la madre. 

En el caso de delitos contra la salud, propone liberar a quienes haya cometido la falta por su situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad, esto es, que padecieran exclusión y discriminación o sufran discapacidad permanente.

También incluye casos en que el delito se haya cometido por indicación de su cónyuge, concubino o concubina, pareja sentimental, pariente consanguíneo o por afinidad sin limitación de grado o por temor fundado, así como quien haya sido obligado por grupos de la delincuencia organizada a cometer el delito, o bien a los consumidores de drogas que, por haber portado mayores cantidades de las permitidas, hayan sido juzgados por narcomenudeo.

Contempla, asimismo, a personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas detenidos por cualquier delito, y quienes durante su proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores con conocimiento de su lengua y cultura.

Otros de los posibles beneficiarios serían quienes hayan cometido delito de robo simple sin violencia, con penas no mayores a cuatro años.

Quedarán excluidos de ser beneficiarios quienes hayan cometido delitos vinculados al artículo 19 Constitucional, entre ellos, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales o corrupción.

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